Corte de Apelaciones de Antofagasta confirma sentencia del TTA y deja sin efecto giros por decaimiento del acto administrativo

La Corte de Apelaciones de Antofagasta confirm贸 una sentencia dictada por el Tribunal Tributario y Aduanero (TTA) que dej贸 sin efecto diversos giros emitidos por el Servicio Nacional de Aduana, al estimar que estos se encontraban afectados por el decaimiento del procedimiento administrativo, producto de una demora excesiva en el procedimiento. En su decisi贸n, desestim贸 las alegaciones sobre la improcedencia del procedimiento de vulneraci贸n de derechos, deducido como acci贸n de emergencia. Para ello, consider贸 los hechos asentados en autos, estos es, los Giros emitidos por el Servicio, que procedieron a extinguirse por compensaci贸n, circunstancia que conllev贸 a una afectaci贸n al derecho de propiedad del reclamante.

Por otro lado, en cuanto a las alegaciones del decaimiento, el tribunal de alzada se帽al贸 que la ilegalidad y arbitrariedad del actuar administrativo no radic贸 en la emisi贸n de los giros de agosto de 2024, sino en la demora injustificada en resolver la situaci贸n del administrado. En efecto, el tribunal destac贸 que transcurrieron m谩s de cuatro a帽os entre la Resoluci贸n Exenta de noviembre de 2019, y el Acta, de junio de 2024. Asimismo, el fallo recalca que el Servicio se encuentra sujeto al principio de celeridad establecido en el art铆culo 7 de la Ley N掳19.880. En este contexto, la tardanza en la tramitaci贸n del procedimiento no s贸lo configura el decaimiento del acto administrativo, sino que adem谩s implic贸 intentar el cobro de obligaciones cuya responsabilidad ya se encontraba prescrita.



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